III Programas de Movilidad Estudiantil Regresar
Manual de Procedimientos de Posgrado

Se establece el Programa de Movilidad Estudiantil como un elemento que propicie la estancia de los alumnos de posgrado de la Facultad en otras instituciones de educación superior en México y el extranjero, con el objeto de que cursen asignaturas aisladas, períodos completos, participen en estancias académicas o en proyectos de investigación para complementar su trabajo de tesis.

El Programa de Movilidad Estudiantil de Posgrado se sujetará a las siguientes condiciones:
  • Los programas de movilidad podrán realizarse a partir de que se cumplan los requisitos establecidos en el plan de estudios correspondiente.

  • El alumno podrá cursar, en otras dependencias de la UADY o en otras instituciones, el número de créditos de Seminario de Investigación, asignaturas obligatorias y/u optativas que establezca cada programa educativo.

  • Para el caso de los alumnos que hayan ingresado al programa educativo a través de un proceso de revalidación, la suma de los créditos correspondientes a las asignaturas revalidadas, más las cursadas en programas de movilidad no podrán exceder del 49 % del total de créditos del plan de estudios.

  • Cada programa de movilidad deberá ser evaluado y autorizado, en su caso, por la Secretaría Académica , previamente a su realización.

  • La Secretaría Académica revisará las solicitudes de movilidad apoyada en la Coordinación de Posgrado y el Cuerpo Académico correspondiente al área de desarrollo del estudiante. Esta Comisión determinará las equivalencias de los estudios que se cursen en otras instituciones de educación superior respecto del plan de estudios en que se encuentre inscrito el alumno solicitante.

  • Las estancias en otras instituciones nacionales deberán ser en programas acreditados o en el Nivel 1 de los CIEES, para las instituciones extranjeras, deberán ser en programas registrados en el padrón del PROMEP, o en el CONACYT y preferentemente en aquellas con las que exista un convenio de colaboración suscrito con la UADY o con la Facultad.

  • Las instituciones de educación superior receptoras, definirán el número y los posgrados en los que recibirán alumnos de esta dependencia.

  • Las estancias se sujetarán a los requerimientos que señale la institución de educación superior receptora.

  • Los alumnos podrán contar, en su caso, con una beca de transporte y/o manutención para el desarrollo del programa de movilidad siempre y cuando su solicitud sea aprobada por la instancia financiadora correspondiente, que puede ser la institución receptora, la UADY o una instancia ajena a estas dos.

  • Los alumnos de posgrado que aspiren a ingresar al Programa de Movilidad Estudiantil, deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Ser alumno regular de algún posgrado de la dependencia.

    2. Tener un promedio mínimo de 85.

    3. Entregar, a la Secretaría Académica , los siguientes documentos, en el período establecido en la Convocatoria Anual que emitirá la propia Secretaría:

      • Solicitud de Ingreso al Programa de Movilidad Estudiantil ( Anexo 15 )

      • Certificado de Estudios Parciales

      • Constancia de inscripción vigente

      • Carta Promedio

      • Constancia de dominio del idioma extranjero en el nivel sugerido por la institución receptora, en su caso.

      • Presentar un plan de trabajo avalado por el tutor.

  • En el caso de que fuera necesario efectuar alguna modificación al programa aprobado, deberá solicitarse la autorización de la Secretaría Académica.


Los alumnos que participen en programas de movilidad se comprometen a:
  • Informarse en la Secretaría Académica de la Facultad y/o en la Coordinación General de Investigación y Relaciones Interinstitucionales de la UADY.

  • Cumplir con los objetivos y el programa descritos en el plan de trabajo autorizado por la Secretaría Académica.

  • Recabar la constancia oficial de cada una de las actividades que hayan realizado dentro del programa de movilidad, la cual deberán presentar a la Secretaría Académica para que se realice la equivalencia correspondiente, en su caso, en un plazo no mayor a 10 días posteriores a su regreso.

  • Compartir las experiencias y conocimientos adquiridos con sus compañeros mediante los mecanismos establecidos por la Secretaría Académica.

  • Elaborar y entregar a la Secretaría Académica un informe de actividades.